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El Indecopi confirma registro de marca peruana TIKI TOKI



 

Se confirmó que no existe riesgo de confusión con conocida red social, ya que ambas 
marcas están dirigidas a sectores comerciales diferentes.

El Indecopi, a través de la Sala Especializada en Propiedad Intelectual, confirmó la decisión de 
primera instancia que otorgó el registro de la marca TIKI TOKI a favor de la empresa peruana 
Real Center Investment S.A.C. y rechazó la oposición presentada por ByteDance, propietaria de 
la plataforma digital TikTok.

ByteDance argumentó que la marca TIKI TOKI era similar a TikTok y que esto podría perjudicar 
el prestigio de su plataforma. Sin embargo, se concluyó que, aunque ambas marcas comparten 
similitudes fonéticas, no existe riesgo de confusión entre estas debido a la diferencia entre los 
productos que representan. Mientras TikTok se asocia a servicios digitales, TIKI TOKI distingue 
productos en la categoría bebidas alcohólicas.

El 9 de setiembre de 2024, mediante la Resolución N°0820-2024/TPI-INDECOPI, la Sala resolvió 
que no era necesario pronunciarse sobre el argumento de que la marca TikTok fuera 
"notoriamente conocida", ya que ByteDance no presentó esta alegación en primera instancia.
Una marca notoriamente conocida es aquella que es ampliamente reconocida por el público en 
relación con los productos o servicios que ofrece, aplicándose a marcas de cualquier país 
miembro de la Comunidad Andina. 

Con esta decisión, la Sala dejó firme la resolución emitida por la Comisión de Signos Distintivos 
que declaró infundada la oposición de ByteDance, permitiendo el registro definitivo de la marca 
TIKI TOKI en la clase 33, correspondiente a bebidas alcohólicas (excepto cervezas).
De esta manera, el Indecopi reafirma que sus resoluciones se emiten de acuerdo a la normativa 
vigente, garantizando un proceso administrativo técnico, imparcial y transparente.